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TSJ ORDENA REENGANCHAR a jueza destituida en 1999

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ESPECIAL. La reincorporación de la abogada Nelia Negrón Portillo a su cargo de juez de primera instancia penal de Táchira ordenó el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), organismo que también acordó que se le pagaran los sueldos que dejó de percibir desde que a finales de 1999 fuera destituida durante la reestructuración de los juzgados decretada por la Asamblea Constituyente. 

La decisión la adoptó la Sala Político Administrativa, en su sentencia número 950 del pasado 5 de agosto, en la cual respondió favorablemente el recurso que la jurista interpuso en el año 2000 contra la resolución de la extinta Comisión de Emergencia Judicial, que acordaba su remoción, bajo el argumento de que poseía "signos externos de riqueza que no guardaban proporción con los ingresos que percibía en el Poder Judicial". 

En el dictamen redactado por el magistrado Inocencio Figueroa, el máximo juzgado consideró que la instancia que presidió el fallecido Manuel Quijada incurrió en un "falso supuesto" en el caso de Negrón y ordenó su reenganche, por cuanto la Contraloría General de la República, tras verificar su Declaración Jurada de Patrimonio, en 2003 concluyó que la sancionada no cometió delito alguno y que si su patrimonio era mayor a lo que podía esperarse por su sueldo de Juez era porque era coheredera de una finca. 

Este dictamen permitió meses después que el Ministerio Público solicitara cerrar el caso que se le seguía, petición que fue atendida por el Tribunal 9 de Control del Táchira en noviembre de 2004. 

No obstante los pronunciamientos antes mencionados, al máximo juzgado le tomó más de una década ordenar la reincorporación de Negrón y por ello capaz la accionante no volverá a sentarse en un estrado, pues ya tiene 68 años de edad y desea ser jubilada. En el fallo, incluso, se ordena a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) "verificar si la misma cumple con los requisitos para el otorgamiento de la pensión de jubilación (...) y, de ser el caso, otorgarla, tomando en consideración el tiempo transcurrido desde la destitución hasta su efectiva reincorporación". 

FUENTE: El Universal

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