ESPECIAL. Treinta
y tres organizaciones de Derechos Humanos de las Américas enviaron una
comunicación a la delegación de Unasur que visitará Venezuela este viernes 06
de marzo de 2015, en la que expresan su preocupación por el deterioro de la
situación de derechos humanos en el país y la represión de las autoridades del
Estado ante la conflictividad social.
Las organizaciones piden a los
representantes de UNASUR que incorporen en su agenda de trabajo durante su
visita a Venezuela, temas de especial relevancia como la garantía plena para el
ejercicio del derecho a la manifestación pacífica, la revisión de la Resolución
008610 que autoriza el uso de fuerza letal en manifestaciones, el fin de las
detenciones arbitrarias y el uso abusivo de la prisión preventiva, el
fortalecimiento del Estado de derecho y la independencia del Poder Judicial, la
independencia de la Defensoría del Pueblo y la cooperación del Estado
venezolano con los organismos internacionales de protección de los derechos
humanos que incluye el retorno de Venezuela a las competencias de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH).A continuación reproducimos la
comunicación:
Excelentísimo Sr. Ernesto Samper
Secretario General de UNASUR
Excelentísima Sra. María Ángela Holguín
Ministro de Relaciones Exteriores de
Colombia
Excelentísimo Sr. Mauro Vieira
Ministro de Relaciones Exteriores de Brasil
Excelentísimo Sr. Ricardo Patiño
Ministro de Relaciones Exteriores de
Ecuador 4 de marzo de 2015
Ref.
– Anuncio de la nueva misión de los Cancilleres de UNASUR a Venezuela
Excelentísima Señora y Excelentísimos
Señores,
Las
organizaciones firmantes de esta carta han acogido con satisfacción el anuncio
(1) realizado por el Secretario General de UNASUR – Unión de Naciones
Suramericanas, el Sr. Ernesto Samper, que los Cancilleres de Brasil, Colombia y
Ecuador harán una nueva visita a Venezuela en los próximos días.
Nos
preocupa el aumento de la tensión registrada en los últimos días después de la
detención del alcalde de Caracas, señor Antonio Ledezma, y de la muerte del
estudiante Kluivert Ferney Roa Nuñez de 14 años por la fuerza policial durante
la manifestación del 24 de febrero pasado.
Las
organizaciones firmantes de esta carta lamentan profundamente la muerte del
estudiante y hacen un llamamiento para que ese y otros abusos cometidos por el
Estado durante la represión a las protestas en los últimos meses sean
investigados y los autores responsabilizados. Es esencial que no se repita la
violencia en torno a las protestas del año pasado, que resultó en 43 muertos y
más de 3.300 detenidos entre febrero y junio 2014 (2).
Esperamos
que la anunciada Misión de UNASUR pueda contribuir para el pleno respeto de los
derechos humanos y el restablecimiento del diálogo entre los actores políticos
y las fuerzas sociales venezolanas. Ante esta situación, las organizaciones
firmantes de esta carta solicitan respetuosamente que la anunciada Misión de
Cancilleres de UNASUR que se dirige a Venezuela:
-
Realice un llamado público y enfático por el pleno respeto de los derechos
humanos y la reanudación del diálogo.
-
Se reúna con los diferentes actores políticos y fuerzas sociales venezolanas
durante su estadía en el país.
-
Presente, después de la conclusión de la visita, una lista de recomendaciones
concretas y públicas seguidas de un Plan de Trabajo con acciones que UNASUR
hará seguimiento y que deben cumplirse hasta las próximas elecciones
parlamentarias que se celebrarán próximamente en el país. La publicación de las
recomendaciones y acciones establecidas en el Plan traerá legitimidad tanto al
trabajo de UNASUR como permitirá que la sociedad civil venezolana y de la
región puedan monitorear objetivamente el trabajo de mediación de la entidad y
colaborar con los esfuerzos empleados.
Solicitamos
que los siguientes puntos sean incorporados en un Plan de Trabajo posterior a
la visita:
-
GARANTÍA DEL DERECHO DE MANIFESTACIÓN, INCLUYENDO LA PROHIBICIÓN DEL USO
ABUSIVO DE LA FUERZA: la misión de Cancilleres de UNASUR debe solicitar una
revisión de la resolución del Ministerio del Poder Popular para la Defensa No.
008610 de Enero de 2015 que autoriza la actuación de las Fuerzas Armadas de
Venezuela en las protestas. De acuerdo con la Red de Apoyo por la Justicia y la
Paz (4), la resolución “viola el artículo 329 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela ya que otorga el ejercicio de funciones de
control de orden público al Ejército, la Aviación y la Armada”. Crítica similar
es presentada por el Foro por la Vida (5), que dice que la medida “se aparta
del estándar internacional que señala que sólo los cuerpos policiales deben ser
los responsables del control del orden interno; además, se dicta en un contexto
de amplia represión por parte de efectivos de las Fuerzas Armadas en las
manifestaciones públicas recientes”.
-
FIN DE LAS DETENCIONES ARBITRARIAS Y DEL USO ABUSIVO DE LA PRISIÓN PREVENTIVA:
llamado para que las autoridades abdiquen de la práctica de la detención
arbitraria y preventiva y se liberen a las personas que están encarceladas
injustamente. Reiteramos la preocupación externada por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) (6) sobre el uso de la detención
provisoria en contra voces críticas al gobierno. Como dijo la CIDH en 24 de
febrero de 2015, la “detención preventiva debe utilizarse de manera
excepcional, y sólo con el objetivo de proteger los fines del proceso
previniendo el riesgo de fuga o de entorpecimiento de las investigaciones. Al
respecto, la Comisión ha subrayado que la presunción de inocencia puede
considerarse violada cuando la persona es detenida preventivamente bajo acusación
penal sin la debida justificación, debido a que esa detención se transforma en
una sanción y no en una medida cautelar, lo que equivale a anticipar una
sentencia. Además, la detención preventiva debe aplicarse de acuerdo con
criterios de necesidad, proporcionalidad y durante un plazo razonable”.
-
FORTALECIMIENTO DE LA INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL: Según informe de la
Comisión Internacional de Juristas (7) de mayo de 2014, el 80% de los jueces en
Venezuela son provisionales. Los países comprometidos con el Estado Democrático
de Derecho reconocen en la independencia judicial uno de los pilares de los
derechos humanos. Por lo tanto, los Cancilleres de la misión UNASUR deberían
dar prioridad a esta cuestión durante su visita e incluir nuevas medidas en
este frente.
-
PAPEL DE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO: Instar a la Defensoría del Pueblo a
desempeñar el papel de mediador y garante de los derechos humanos sin
discriminación para todas las personas, tal como se define en la Constitución
venezolana.
-
COOPERACIÓN CON LOS SISTEMAS REGIONALES E INTERNACIONALES DE DERECHOS HUMANOS:
La Misión de la UNASUR debería llamar al gobierno venezolano para que este
permita la entrada de los Relatores Especiales del Consejo de Derechos Humanos
de Naciones Unidas que tienen solicitudes de visita pendientes al país. Otro
compromiso que UNASUR debería mediar con Venezuela es su regreso a la
Convención Americana sobre Derechos Humanos. Venezuela se retiró del principal
instrumento jurídico en la región en septiembre de 2012, dejando a los
venezolanos y venezolanas sin acceso a la Corte Interamericana de Derechos
Humanos.
Esperamos
que los puntos propuestos sean considerados por los Cancilleres de UNASUR que
conforman la misión a Venezuela y se incorporen a las actividades realizadas
por ellos durante y después de su visita al país.
Las
organizaciones firmantes de esta carta están comprometidas con la protección y
promoción de los derechos humanos en Venezuela y esperan contar con la
actuación de UNASUR en el restablecimiento del diálogo con el fin de encontrar
una solución democrática – y nunca fuera de los límites de los parámetros
constitucionales – para el momento que el país se encuentra.
Atentamente,
- Acción Solidaria en VIH/Sida (Venezuela)
- Amnistía Internacional (Internacional)
- Asistencia Legal por los Derechos Humanos
A.C. – ASILEGAL (México)
- Asociación Pro Derechos Humanos – APRODEH
(Perú)
- Asociación Venezolana de Organizaciones
de Sociedad Civil – Sinergia (Venezuela)
- Centro de Documentación en Derechos
Humanos “Segundo Montes Mozo S.J.” – CSMM (Ecuador)
- Centro de Estudios de Derecho, Justicia y
Sociedad – Dejusticia (Colombia)
- Centro de Políticas Públicas y Derechos
Humanos – EQUIDAD (Perú)
- Centro Nicaragüense de Derechos Humanos
(Nicaragua)
- Centro por la Justicia y el Derecho
Internacional – CEJIL (Regional)
- Centro Regional de Derechos Humanos y
Justicia de Género – Corporación Humanas (Chile)
- CIVILIS Derechos Humanos (Venezuela)
- Coalición de Organizaciones por los
Derechos a la Salud y la Vida – CODEVIDA (Venezuela)
- Comisión Ecuménica de Derechos Humanos-
CEDHU (Ecuador)
- Comité de Am. Lat. y Caribe para la
Defensa de los Derechos de las MujeresCLADEM (Regional)
- Comité de Familiares de las Víctimas –
COFAVIC (Venezuela)
- Conectas Direitos Humanos (Internacional)
- Coordinadora Nacional de Derechos Humanos
(Perú)
- Defensa de Niñas y Niños Internacional –
DNI (Costa Rica)
- Espacio Público (Venezuela)
- Fundación Étnica Integral- FEI (República
Dominicana)
- Fundación para el Debido Proceso – DPLF
(Regional)
- Instituto de Estudios Comparados en
Ciencias Penales de Guatemala – ICCPG (Guatemala)
- Instituto de Estudios Legales y Sociales
– IELSUR (Uruguay)
- Instituto Internacional de Derecho y
Sociedad – IIDS (Perú)
- Movimiento Autónomo de Mujeres
(Nicaragua)
- Observatorio Venezolano de Prisiones
(Venezuela)
- Oficina Jurídica Para la Mujer de
Cochabamba (Bolivia)
- Paz y Esperanza (Perú)
- Plataforma Interamericana de Derechos
Humanos, Democracia y Desarrollo – PIDHDD (Regional)
- Programa Venezolano de Educación-Acción
en Derechos Humanos- PROVEA (Venezuela)
- Sisma Mujer (Colombia)
- Washington Office on Latin America- WOLA
(Regional)
Notas:
(1)
http://www.unasursg.org/node/154
(2)http://www.un.org/apps/news/story.asp?NewsID=50186&Cr=protest&Cr1=#.VPCwRnzF8rU
(3)
Resolución “Normas sobre la actuación de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana
en funciones de control del orden público, la paz social y la convivencia
ciudadana en reuniones públicas y manifestaciones”, publicada en Gaceta Oficial
No. 40.589, con fecha de 27 de enero de 2015.
(4)
http://www.derechos.org.ve/2015/01/30/red-de-apoyo-por-la-justicia-y-la-paz-rechaza-la-aprobacion-de-la-resolucion-no-008610-por-parte-delministerio-del-poder-popular-para-la-defensa/
(5)
http://www.derechos.org.ve/2015/01/30/foro-por-la-vida-armada-ejercito-y-aviacion-no-pueden-actuar-en-control-del-orden-publico/
(6)
http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2015/015.asp
(7)
http://icj.wpengine.netdna-cdn.com/wp-content/uploads/2014/06/VENEZUELA-Informe-A4-elec.pdf
. La entidad dice que “la mayoría de los jueces son ´provisionales´ y
vulnerables a presiones políticas externas, ya que son de libre nombramiento y
de remoción discrecional por una Comisión Judicial del propio TSJ [Tribunal
Supremo de Justicia], la cual, a su vez, tiene una marcada tendencia
partidista. Incluso los propios jueces ´titulares´ están sujetos a ser
suspendidos de sus cargos sin que pese contra ellos acusación ni procedimiento
legal alguno”.


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